Mayoría cualificada en el Consejo de la Unión Europea para desregular numerosos transgénicos

Eric Meunier, 19 de diciembre de 2025

infogm.org

Unión Europea – Sala de reuniones del Consejo de la Unión Europea, en Bruselas, donde se reúnen los miembros del Comité de Representantes Permanentes (Coreper) de los Estados miembros.

Antes de examinar las numerosas propuestas legislativas presentadas con carácter urgente en los últimos días por la Comisión Europea (liberación no controlada de microorganismos modificados genéticamente en el medio ambiente, ley ómnibus sobre pesticidas, ley sobre biotecnología y, próximamente, ley sobre innovación…), el Consejo de la Unión Europea se centró esta mañana, viernes 19 de diciembre de 2025, en la propuesta presentada por los representantes de las instituciones europeas dos semanas antes y destinada a desregular numerosos OGM obtenidos mediante nuevas técnicas de modificación genética (denominadas «nuevas técnicas genómicas» / NTG).

Partiendo de la propuesta de la Comisión Europea presentada en julio de 2023i, de la posición del Parlamento Europeo votada en abril de 2024ii y del mandato del Consejo de la Unión Europea otorgado a Dinamarca en marzo de 2025iii, este acuerdo entre los negociadores ha causado un gran revuelo entre actores importantes como los agricultores, las asociaciones… iv De hecho, los negociadores habían optado por presentar un texto que daba prioridad a las medidas de desregulación de los OGM obtenidos mediante NTG y que no respondía a las preocupaciones expresadas en repetidas ocasiones por algunos Estados miembros, el Parlamento Europeo y numerosos actores que participaban en el debate (agricultores, productores de semillas, sector ecológico, sin OGM, asociaciones, etc.).

El Consejo de la Unión Europea, en una reunión de los representantes permanentes de cada Estado (Coreper 1), acaba de alcanzar este viernes 19 de diciembre un consenso interno sobre esta propuesta. A la espera de que el Parlamento Europeo vote a su vez en 2026, el texto sigue siendo provisional. Pero, si también fuera respaldado por el Parlamento, ¿qué es lo que prevé?

Sin etiquetado, sin trazabilidad, sin evaluación de riesgos, sin…

El texto de desregulación adoptado por el Consejo de la Unión Europea tiene como enfoque declarar que los OGM vegetales obtenidos por «mutagénesis dirigida o cisgénesis» serían plantas NTG. Estas podrían clasificarse en dos categorías (NTG1 y NTG2) según la naturaleza de las modificaciones genéticas realizadas. En resumen, los vegetales de la categoría 1 serían aquellos definidos como «equivalentes» a los vegetales que pueden obtenerse de forma convencional, sobre la base de criterios de fundamento científico incierto. Los vegetales NTG2 serían aquellos no clasificados en la categoría 1. Como ya se ha analizado, la gran mayoría de las plantas modificadas genéticamente deberían, lógicamente, ser presentadas como NTG1 por sus fabricantes, ya que este estatus es el que goza de una mayor desregulación y funciona sobre la base de la simple verificación de una declaración realizada por una empresa.

Para las NTG1, el sistema de autorización propuesto se basaría en un funcionamiento bastante laxo. Ya no sería formalmente necesaria una autorización de comercialización o de ensayo en campo. Solo habría que solicitar el reconocimiento del estatus NTG de una planta sobre la base de una simple declaración. Esta podría solicitarse a un Estado miembro mediante una simple solicitud para realizar un ensayo de campo o con vistas a la comercialización. La decisión final la tomaría la Comisión Europea. Pero, una vez más, sin un método de detección e identificación, la Unión Europea no podría sino confiar en las declaraciones de las empresas en los expedientes presentados para conferir el estatus NTG1 o 2. Una vez obtenida esta categoría NTG, los vegetales transgénicos obtenidos mediante nuevas técnicas, y en particular los NTG1, ya no estarían sujetos a la legislación sobre OGM (no se necesitaría autorización, no habría evaluación de riesgos para los NTG1, no habría trazabilidad ni etiquetado, salvo para las semillas, no habría supervisión de los impactos sobre el medio ambiente, etc.).

Además de eliminar muchos OGM de la legislación vigente, el texto, que el Parlamento Europeo considerará en 2026, mantiene un enfoque que dejaría a la Unión Europea prácticamente ciega a los OGM producidos mediante nuevas tecnologías genéticas (NGT) presentes en su territorio. Los negociadores optaron por no incluir las exigencias del Parlamento Europeo de etiquetado de estos OGM de categoría 1 cuando se importen, produzcan o comercialicen en Europa. Solo los compradores de semillas tendrían acceso a dicho etiquetado. Más allá de esta decisión deliberada de no seguir informando a los ciudadanos europeos sobre lo que consumen, los negociadores también optaron por impedir que la Unión Europea verifique las afirmaciones de las empresas y realice controles dentro de la Unión Europea (como los relacionados con el etiquetado de los lotes de semillas). De hecho, no se adoptaron los requisitos para proporcionar un método para detectar, identificar y cuantificar los OGM producidos mediante nuevas técnicas, como propuso el Parlamento Europeo.

Por último, es necesario recordar que los vegetales que hayan obtenido la categoría NTG1 no serán objeto de ninguna evaluación de riesgos para la salud, el medio ambiente o los sistemas agrícolas. Los legisladores europeos argumentan que los vegetales NTG1 no presentan más riesgos que los vegetales obtenidos por métodos convencionales. ¿Serán tóxicos, alergénicos o con valores nutricionales reducidos estos vegetales modificados por NTG? Nadie lo sabrá, ya que ya no se exigiría. Solo los vegetales NTG2 serían objeto de una evaluación de riesgos para el medio ambiente, lo que, de nuevo, debería ser poco frecuente.

¿Plantas insecticidas que no se pueden desregular?

Un giro bastante inesperado se aprecia en la versión del texto adoptado por el Consejo este viernes 19 de diciembre. El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea ya habían propuesto que las plantas modificadas genéticamente por NTG para tolerar herbicidas no pudieran clasificarse en la Categoría 1, incluso si cumplen los requisitos de dicha categoría. Los eurodiputados destacaron, en particular, las condiciones específicas de cultivo que requieren estas plantas. Los negociadores, y ahora el Consejo, han retomado esta propuesta, añadiendo que las plantas OGM obtenidas mediante nuevas técnicas y que tienen la característica de producir insecticidas tampoco pueden ser de categoría 1. Sin embargo, su redacción es, como mínimo, confusa, ya que los negociadores proponen excluir de la categoría NTG1 las plantas NTG caracterizadas por la «producción de una sustancia insecticida conocida». A quién, cómo y dónde se dirigen, son preguntas que se plantean y que oscurecen el alcance de dicha exclusión.

La agricultura ecológica sin OGM, a la espera de que…

En el caso particular de la agricultura y las producciones que responden a la etiqueta «ecológico», se propone tomar nota de que esta etiqueta prohíbe el uso de OGM obtenidos por NTG, ya que excluye los OGM. Si bien se observa que las cadenas de producción ecológicas y convencionales ya están suficientemente separadas, no se han tenido en cuenta las demandas del sector ecológico de establecer una trazabilidad analítica, medidas de coexistencia y un etiquetado para los consumidores, o incluso la creación de fondos de indemnización. La única medida propuesta por los negociadores y el Consejo es una tolerancia en las producciones ecológicas de OGM obtenidos mediante NTG en caso de «presencia fortuita o técnicamente inevitable». Una intención quizás loable, pero que abriría la puerta a la presencia fortuita de OGM obtenidos mediante NTG en la agricultura ecológica. Sin embargo, estos conceptos de «presencia fortuita o técnicamente inevitable» no estarían definidos y, una vez más, la UE no dispondría de métodos de detección e identificación de estos OGM obtenidos por NTG proporcionados por sus fabricantes, ya que no es obligatorio.

Sobre todo, parece cuestionarse el futuro de la normativa ecológica europea. El texto votado esta mañana en el Consejo detalla, en efecto, que sería necesario un examen más detallado de la compatibilidad de los vegetales NTG con los principios de la agricultura ecológica, ya que «es necesario aclarar la situación de las plantas NGT de categoría 1 a efectos de la producción ecológica. En la actualidad, debe examinarse más a fondo la compatibilidad del uso de las nuevas técnicas genómicas con los principios de la producción ecológica de productos. Por lo tanto, el uso de plantas NTG de categoría 1 debería prohibirse en la producción ecológica hasta que se lleve a cabo este examen en profundidad ».

Las preocupaciones sobre las patentes no se han disipado

Una de las piedras angulares entre las instituciones es la cuestión de las patentes. Si bien el Parlamento Europeo solicitó que se prohibieran las patentes sobre los OGM obtenidos mediante NTG y clasificados en la categoría 1, el Consejo de la UE no logró alcanzar un consenso debido a las importantes divergencias entre los Estados miembros. El pasado 4 de diciembre, los negociadores propusieron medidas para intentar tranquilizar a todo el mundo. Pero estas medidas son en su mayoría opcionales, ya que son «voluntarias» o no vinculantes, como explicaba la Coordinación Europea de la Vía Campesina (ECVC) en su comunicado del 11 de diciembre. Inf’OGM volverá con más detalle sobre estas medidas propuestas, pero hoy sabemos que una mayoría cualificada del Consejo de la Unión Europea parece satisfecha con este carácter facultativo.

En este momento se desconocen los detalles de las posiciones expresadas por los Estados miembros, ya que las reuniones del Coreper 1 no se retransmiten en directo. Sin embargo, la mayoría cualificada alcanzada en el Consejo el 19 de diciembre demuestra que los Estados han tenido que ceder. Esta votación del Consejo envía ahora el texto al Parlamento Europeo para que los eurodiputados den su opinión al respecto en 2026. La Comisión de Medio Ambiente del Parlamento y los eurodiputados que la componen serán los primeros en movilizarse, posiblemente en enero de 2026.

Notas:

i Comisión Europea, «Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre los vegetales obtenidos mediante determinadas nuevas técnicas genómicas y los alimentos y piensos derivados de ellos, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/625», 5 de julio de 2023.

ii Parlamento Europeo, «Vegetales obtenidos mediante determinadas técnicas genómicas nuevas y alimentos y piensos derivados de ellos – Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 24 de abril de 2024, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los vegetales obtenidos mediante determinadas nuevas técnicas genómicas y los alimentos y piensos derivados de ellos, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/625 (COM(2023)0411 – C9-0238/2023 – 2023/0226(COD))», 24 de abril de 2024.

iii Consejo de la Unión Europea, «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las plantas obtenidas mediante determinadas técnicas genómicas nuevas y sus alimentos y piensos, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/625», 7 de marzo de 2025.

iv Eric Meunier, «Desregulación de los OMG: la pelota está en el tejado del Parlamento Europeo», Inf’OGM, 5 de diciembre de 2025.

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